La Seguridad Social deniega dos de cada tres peticiones de autónomos para cobrar el paro


Entre enero y septiembre de este año se han presentado 5.531 solicitudes para el cobro de la prestación, de las que 3.583 han sido rechazadas, frente a 1.173 que han recibido el visto bueno (el 21,2%) y 455 que se encuentran todavía tramitándose. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), las mutuas y otras entidades gestoras han denegado hasta septiembre el 64,78% de las solicitudes que han presentado trabajadores autónomos para recibir la prestación por cese de actividad (paro), según datos difundidos este miércoles por la organización de autónomos UPTA. Pese a estos resultados "negativos", UPTA destaca que los autónomos que cotizan por estas prestaciones continúan solicitando la ayuda. Así, en el tercer trimestre las peticiones de cobro de esta prestación han aumentado en 1.519, un 37,86% más que en los dos trimestres anteriores. Sin embargo, el número de autónomos que cotizan por la prestación por cese de actividad se encuentra prácticamente estancado en 640.000 trabajadores, el equivalente al 21,07% del total de autónomos. En opinión de UPTA, las dificultades para acceder a estas prestaciones "no incentiva precisamente la cotización voluntaria" por esta contingencia. UPTA espera que durante el año 2013 se modifiquen las normas de acceso a estas ayudas, con el objetivo de que se flexibilicen las condiciones de prueba de las causas económicas que obligan al cierre del negocio, especialmente entre los autónomos que se encuentran en el sistema de declaración objetiva por módulos. Éstos son, según UPTA, los que más dificultades para demostrar las pérdidas efectivas en sus actividades.


Hacienda, a la caza de los alquileres no declarados por los propietarios
La lucha contra el fraude fiscal no cesa y desde hace un tiempo Hacienda ha puesto el objetivo en los alquileres que no se declaran al Fisco. En concreto en el año 2012 los inspectores de la Agencia Tributaria se personaron en 20.446 viviendas por sospechas de que se estaban alquilando sin que los propietarios declarasen el ingreso correspondiente en sus declaraciones de la renta. Este número de visitas casi duplica a las que se realizaron en 2011 ya que en ese año alcanzaron las 11.964, lo que da una idea de la importancia que da Hacienda a este tipo de actividad ilegal.
Hacienda este año va más allá y está afinando el tiro. Ahora busca no sólo los alquileres que se puedan denominar «normales», sino que está también a la caza de los conocidos como «apartamentos turísticos», una fórmula que permite a los visitantes alojarse de manera barata en unas casas cuyos propietarios no pagan ni un euro al Fisco por esta actividad económica, como es la explotación de su patrimonio, en este caso su casa.
Desde las asociaciones de hoteleros, por su parte, se ha criticado en numerosas ocasiones este tipo de alojamientos por representar competencia desleal para ellos, al margen de que este tipo de apartamentos no ofrece las mismas garantías que un establecimiento reglado.
En la misma línea el subarriendo de habitaciones dentro de los pisos de alquiler es otro de los objetivos de Hacienda por la sencilla razón de que es una actividad ilegal y, sobre todo, que no se declara a Hacienda.

EL 85% DE LAS EMPRESAS TIENEN ASESORÍA JURÍDICA INTERNA
La mayoría de las empresas centran sus necesidades de externalización de servicios legales en litigios y asuntos laborales y fiscales.
Deloitte presentó un informe de la situación legal de las empresas españolas a partir de un cuestionario remitido a 202 empresas de ámbito nacional. 
De este informe también se extrae que el 50% de las empresas cree que el número de los litigios, a los que ha tenido que hacer frente, ha aumentado considerablemente en estos años, mientras que sólo el 7% considera que se ha reducido. 
 
Los ámbitos en los que trabaja la asesoría interna de una empresa son principalmente; mercantil/societario, administrativo, litigios/arbitraje y propiedad industrial e intelectual. Frente a estos, las  servicios legales externos más demandados se dan en el sector fiscal, laboral, societario/mercantil y litigios y arbitrajes. 
 
La empresas tienden a externalizar sus servicios legales como complemento a su asesoría interna dada la mayor especialización y experiencia del despacho en cuestión sobre la materia para la que se le requiere. Sin embargo, es destacable que casi el 80% de las empresas que externalizan algún servicio legal, cuando tienen que valorar la actuación y resultado del mismo, por parte del externo, no conceden mayor calificativo que "bueno", frente al 10% que lo considera "excelente". 
 
Fuente: www.informativojuridico.com
MEDIDAS  TRIBUTARIAS QUE AFECTAN AL IS INCORPORADAS A LA LEY DE FISCALIDAD MEDIOAMBIENTAL
El pasado 23 de octubre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG) la Ley por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.
Aunque dicha norma está pendiente de publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), debido a las importantes modificaciones introducidas en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades que afectan al Memento Cierre 2013, mostramos una comparativa de los cambios introducidos en el ámbito de dicho impuesto.
El desarrollo y análisis de todas las modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades a las que este cuadro comparativo hace referencia, pueden encontrarse en el Memento Cierre 2013: entre ellas, destacamos por su importancia:
1) La no deducibilidad del deterioro de valor de las participaciones en el capital o fondos propios de entidades y la no deducibilidad de las rentas negativas generadas durante el plazo de mantenimiento de establecimientos permanentes ubicados en el extranjero.
2) El establecimiento de un régimen transitorio que establece la recuperación en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de los deterioros de valor de las participaciones y de las rentas negativas de los establecimientos permanentes que han sido fiscalmente deducibles, a través de un incremento de fondos propios o distribución de resultados, en el primer caso, y de la obtención de rentas positivas similar al régimen anterior, en el segundo supuesto.
3) La prórroga temporal para los ejercicios 2014 y 2015 de determinadas medidas, tales como, la limitación en la compensación de bases imponibles negativas, la limitación en la deducibilidad fiscal del fondo de comercio y de los activos intangibles de vida útil indefinida, y del límite establecido en la aplicación de las deducciones para incentivar determinadas actividades.
4) La prórroga para los ejercicios 2014 y 2015 de la inclusión, en la base de los pagos fraccionados que se realicen en los referidos ejercicios, del 25% de los dividendos y rentas que proceden de la transmisión de participaciones que tienen derecho al régimen de exención y el establecimiento de un pago fraccionado mínimo determinado en función del resultado contable del ejercicio, si bien exclusivamente para las grandes empresas.
5) La prórroga para 2014 de los tipos incrementados correspondientes a los pagos fraccionados.
6) Establecimiento de la vigencia indefinida de la deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales, y ampliación de su base de deducción.
7) La prórroga, para los contratos de arrendamiento financiero cuyos períodos anuales de duración se inicien en los años 2012 a 2015, de la excepción prevista respecto al carácter constante o creciente de la parte que se corresponde con recuperación del coste del bien en las cuotas de arrendamiento financiero.